Embargos
Última modificación
Jue , 03/09/2026 - 11:14
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Cuando entra una factura electrónica o se registra manualmente (fra. en papel), si al rellenar el campo NIF y dar al tabulador, aparece en el nombre de la empresa EMBARGADO y seguido el nombre de la empresa, NO SE DEBE PAGAR ESA FACTURA. Se debe pasar a pago directo y enviar a la Sección de Contabilidad para que la tramiten, junto con escrito explicativo para su pago.
Para resolver cualquier duda sobre este procedimiento o la vigencia de los embargos, podéis contactar con jntributos@unizar.es